La RIA tendrá cinco tipos de membresía: a) Titulares; b) Honorarios; c) Benefactores, d) Asociados y e) Estudiantes.
Son miembros Titulares los profesionales que cumplan con los siguientes criterios: a) Estar en posesión del grado de Doctor en líneas afines a las Ciencias Sociales (Psicología, Sociología, otros) o tener una Formación Clínica reconocida en su país, que la/o posiciona como referente en temas relacionados a la teoría del apego; b) Haber publicado artículos capítulos, o libros, en los últimos cinco años o haber realizado contribución(es) relevante(s) para la formación y/o difusión de la teoría del apego en su país u otro de Iberomérica; c) Que hayan sido aceptados en esta calidad por la JD, con el voto favorable de los dos tercios de los asistentes a sesión, previa solicitud escrita del postulante a miembro titular o por invitación de la JD.
El miembro Titular tiene la plenitud de los derechos y obligaciones que se establecen en este Estatuto. Son los únicos miembros que pueden ocupar el cargo de Presidente, o Vice-presidente de la Junta Directiva. Para conservar la calidad de miembro activo será necesario estar al día en el pago de las cuotas sociales. Podrán concurrir con derecho a voz y voto a las asambleas de la RIA.
La calidad de miembro Honorario será otorgada, a propuesta de el/la Presidente o de los miembros de la JD, con el voto favorable de los dos tercios a lo menos de los asistentes a sesión, en cuya tabla se trate esta materia, y que se hayan hecho acreedores a la distinción por sus antecedentes relevantes en el campo de la Teoría del Apego, y que hayan alcanzado el reconocimiento de la comunidad científica. No estarán obligados a pagar cuotas sociales.
Podrán concurrir con derecho a voz y voto a las asambleas de la RIA. No podrán ocupar cargo en la JD, excepto de vocal o coordinador/a de alguna área. El miembro Honorario mantendrá su calidad de Miembro Honorario de la RIA de manera vitalicia, a menos que en sesión de la JD, con el voto favorable de los dos tercios a lo menos de los asistentes a sesión, se decida suspender dicha membresía.
Son miembros Benefactores las personas naturales o jurídicas que ayuden en forma permanente a la RIA con dinero, bienes o servicios. La designación de Socio Benefactor será efectuada por la Junta Directiva, con el voto favorable de los dos tercios a lo menos de los asistentes a la respectiva sesión. No podrán ocupar cargo en la JD y podrán concurrir a las asambleas sólo con derecho a voz.
Son miembros Asociados aquellos académicos y profesionales interesados en la teoría del apego, que no cumplen los requisitos de miembro titular y sean aceptados con el voto favorable de los dos tercios a lo menos de los asistentes a la respectiva sesión por la JD, una vez que el/la interesado/a presente una solicitud de incorpración. Para cambiar de membresía, el miembro Asociado, debe presentar su postulación de cambio de membresía a la JD para su aprobación.
Los miembros Asociados concurrirán a las asambleas de la RIA con derecho a voz y voto. Los miembros Asociados no podrán ocupar el cargo de Presidente o Vicepresidente en la Junta Directiva. Para conservar la calidad de miembro activo será necesario estar al día en el pago de las cuotas sociales.
Son miembros Estudiantes aquellos estudiantes regulares de alguna Universidad, que se encuentren cursando estudios de pregrado, interesados/as en el estudio y/o investigación en el campo de la Teoría del Apego, que hayan sido presentados por miembros titulares y aceptados en esta calidad por la JD, con el voto favorable de los dos tercios a lo menos de los asistentes a la respectiva sesión.
Los miembros estudiantes concurrirán a las asambleas sólo con derecho a voz. Esta membresía Bianual, sólo puede ser renovada dos veces, luego de la cual, si no cumple los requisitos para miembro Asociado, perderá la calidad de miembro de la RIA.
Para hacerse miembro, el candidato debe en primer lugar solicitar la incorporación a la Junta Directiva, enviando sus antecedentes a contacto@rediberoamericanadeapego.org. Una vez aceptado, debe realizar el pago de la membresía por uno o dos años.
Tenga en cuenta que la duración de la membresía se inicia a partir del día del pago, corresponde al año en el que se hizo efectivo dicho pago y que, una vez realizado, en ningún caso se realizará el reembolso del dinero abonado por este concepto.
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Pregrado
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*Para acceder a pago reducido, debe acreditar condición de estudiante de pregrado enviando documento a contacto@rediberoamericanadeapego.org
Si ya fue aceptado como candidato a miembro de la RIA o quiere renovar su membresía, vaya al siguiente link:
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